una vía
hacia el futuro
declaración corporativa de amurrio
En Amurrio diseñamos, fabricamos y suministramos Bienes de Equipo, principalmente ferroviarios.
Con agilidad y eficiencia, aportando soluciones técnicas adaptadas a cada necesidad.
Y los acompañamos de todos los servicios necesarios para garantizar su funcionamiento óptimo
esta es NUESTRA misión
políticas de empresa
CALIDAD
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La política de calidad de Amurrio puede resumirse en un solo concepto: precisión. Precisión en el cumplimiento de las normas especificadas en cada proyecto por clientes de 65 países. En la mejora continua gracias al feedback recibido de esos mismos clientes. Precisión como expresión de un sistema de calidad completo, recogido en el Manual de Calidad, y ampliado en el Manual de Procedimientos Específicos. Precisión en la lectura e interpretación de los datos aportados por nuestros sistemas de control de calidad. Precisión, en fin, en el compromiso de cada uno de los trabajadores de la empresa con la mejora continua como un factor clave para mejorar la confianza de nuestros clientes.
Entre los principales medios de control de calidad utilizados en Amurrio destacamos los siguientes:
- Espectrómetro de Emisión
- Espectrómetro de Fluorescencia
- Magnaflux
- Magnatest
- Ultrasonidos
- Líquidos penetrantes
- Ensayos de tracción y resiliencia
- Laboratorio de arenas
- Microscopio
- Durómetros
- Radiografía
- Medición tridimensional CNC
- Ensayos de choque
POLÍTICA INTEGRADA DE GESTIÓN
AMURRIO FERROCARRIL Y EQUIPOS S.A. (en adelante, AFE), mantiene vivos los valores que desde el inicio de su andadura la han permitido mantenerse firme en el mercado, que es complejo, exigente y cambiante, más y más cada año. Estos pilares han fundamentado una relación de confianza que permite un clima de colaboración permanente con nuestros clientes y eso nos convierte en una de las empresas líderes del sector, tanto a nivel nacional como internacional.
La eficiencia de nuestros procesos y la calidad de los productos entregados, dentro de los requisitos legales y reglamentarios, son bases incuestionables de nuestros compromisos con los clientes.
AFE considera que no es posible alcanzar la excelencia empresarial y, por tanto, una sostenibilidad del proyecto empresarial sin un firme compromiso para conseguir que nuestras operaciones generen una alta seguridad laboral, un uso eficiente de la energía y una adecuada sostenibilidad ambiental, además de la necesaria rentabilidad económica.
Por todo ello, la Dirección General considera esencial, para mantenernos en esas posiciones de liderazgo:
- Identificar adecuadamente y Cumplir en todo momento con las necesidades y expectativas de nuestros clientes (compromisos de calidad adquiridos), fabricando los productos de manera eficiente.
- Eliminar los peligros y reducir los riesgos, estableciendo unas condiciones de trabajo seguras y saludables tanto para el personal de nuestra empresa como otras empresas colaboradoras y partes interesadas que estén en contacto con nuestra actividad.
- Disminuir los impactos ambientales de nuestra actividad e implantar las medidas necesarias para prevenir la contaminación y emisiones de CO2 en todo el ciclo de vida.
- Integrar las consideraciones energéticas en la estrategia empresarial e identificar y evaluar del uso de la Energía derivada de las actividades con el objeto de reducirlos y/o evitarlos.
- Apoyar la adquisición de productos y servicios energéticamente más eficientes.
- Cumplir la legislación y otros requisitos aplicables, relacionados con el Medio Ambiente, la Gestión Energética, el uso y el consumo de la energía, la Seguridad Industrial y la Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Apoyar el diseño de instalaciones, equipos, sistemas y procesos que consideren la mejora del desempeño en calidad del trabajo, prevención y accidentes, del desempeño ambiental y del desempeño energético
- Establecer Objetivos en las diferentes áreas estratégicas, garantizando la disponibilidad de los recursos necesarios para su consecución.
- Aplicar, desarrollar y mejorar los procesos de manera continua con el fin de conseguir la máxima eficiencia posible en cada momento.
- Informar y formar a las personas de la organización sobre los aspectos del sistema ligados a su actividad y que influyen en el cumplimiento de los objetivos.
- Mantener canales de comunicación y concienciación efectivos con nuestras partes interesadas, difundiendo nuestros compromisos mediante esta Política, a fin de hacerles partícipes y adoptar las prácticas más adecuadas.
- Revisar periódicamente y modificar o adaptar, si es necesario, esta Política, para asegurar que sigue siendo pertinente y apropiada para la organización.
Con ese objeto, AFE ha desarrollado e implantado un Sistema de Gestión basado en la gestión por procesos, según se describe en nuestro manual de gestión, que es conforme con las normas UNE-EN-ISO-9001, UNE-EN-ISO-14001, UNE-EN-ISO-ISO-50001 y UNE-EN- ISO-45001.
La Dirección General se compromete a que esta política sea divulgada, revisada, entendida y aplicada a todas las partes interesadas de AFE (internas y externas), declarándola de obligado cumplimiento.
Dirección General
06/03/2024
INNOVACIÓN
Apuesta de futuro
Ya entre 1880 y 1900 existen numerosas patentes registradas a nombre de nuestra empresa; esto es una clara muestra de que el espíritu innovador está fuertemente arraigado en nuestros orígenes.
En el siglo XXI, nuestro compromiso con la innovación nos lleva a desarrollar constantemente nuevas ideas para dar una solución más eficiente a los problemas que constantemente surgen en un tendido ferroviario… o en cualquier otro aspecto de nuestra actividad.
Entre las últimas aportaciones de nuestra oficina técnica podemos destacar las siguiente:
- CRBM, un cerrojo de rodillos de gran seguridad para cambios de vía capaz de completar medio millón de ciclos sin mantenimiento alguno.
- Punta Móvil Tranvía, un cruzamiento diseñado para trazados urbanos, en los que la suavidad, la seguridad y un nivel extremadamente bajo de ruido son de capital importancia
- GEA – Geometría Ergonómica Amurrio, es una geometría para trazados de Alta Velocidad patentada que permite incrementar la seguridad y comodidad de los viajeros al tiempo que acorta la longitud del desvío, con lo que se mejoran los costes.
MEDIO AMBIENTE
Lo natural es que cuidemos nuestro medio
El compromiso de Amurrio con el medio ambiente nace del convencimiento de que, si queremos perpetuarnos como empresa, debemos contribuir a laconservación, recuperación y mejora de las condiciones naturales de nuestro entorno.
Cumplimos estrictamente con todos los aspectos medioambientales de la normativa legal, y nos adelantamos cuando es posible en la adecuación a requisitos futuros. Estamos certificados en el cumplimiento de la norma ISO14001.
Cada uno de nuestros productos se diseña y fabrica considerando la minimización de su impacto medioambiental.
Los cruzamientos monobloque de acero al manganeso de Amurrio cuentan con la Declaración Ambiental de Producto EPD:
Entre los proyectos medioambientales puestos en marcha por Amurrio destaca el proyecto BIRHAKOM, para la biorregeneración por compostaje de la arena de fundición, en colaboración con TECNALIA y con financiación de la Unión Europea y Gobierno Vasco.
RECURSOS HUMANOS
Compromiso
En Amurrio somos conscientes de que el conocimiento es un atributo que reside en las personas. Por eso preferimos trabajar con ellas que con fríos números.
Invertimos en formación, en el crecimiento de las personas y en su bienestar dentro de la empresa. Porque queremos que su trayectoria con nosotros sea larga y estable.
Así es como hemos conseguido una fuerza de trabajo con un alto grado de compromiso con la empresa.
CONDICIONES GENERALES
Condiciones Generales de Venta y Suministro
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Si lo prefiere, también puede leer todo el texto a continuación de la imagen.
1.- DISPOSICIONES GENERALES:
Las presentes condiciones determinan los derechos y obligaciones de AMURRIO FERROCARRILES Y EQUIPOS SA (en adelante el vendedor) y el comprador en lo referente a los contratos de suministro de toda clase de material ferroviario, bienes de equipo y maquinaria en general, incluidas sus partes y piezas, así como el resto de las prestaciones, asesoramiento y servicios que el vendedor pueda realizar para el comprador.
Por lo tanto, una vez aceptadas, forman parte del contenido del contrato, siempre que no contradigan las cláusulas que las partes hayan podido pactar expresamente.
2.-OFERTAS Y PEDIDOS:
2.1.- El comprador debe efectuar el pedido acompañando las condiciones técnicas en las que se determinen las características y especificaciones de las piezas solicitadas, incluidos los ensayos necesarios para la recepción.
2.2.- El vendedor realizará una oferta para el suministro de las piezas solicitadas en base a las condiciones técnicas especificadas por el comprador, indicando los precios unitarios finales, cantidades y plazos de entrega.
2.3.- La oferta realizada tendrá un plazo de validez de 60 días naturales.
2.4.- El contrato de suministro o compraventa se perfeccionará en el momento en que el comprador acepte la oferta realizada por el vendedor y notifique por escrito a éste su aceptación. Desde ese momento las condiciones técnicas pasarán a formar parte integrante del contrato, para definir el objeto del mismo.
2.5.- Cualquier modificación de las especificaciones técnicas o características de los productos a suministrar, deberá constar previamente por escrito e invalidará la oferta inicialmente realizada, obligándose en ese caso el comprador para que el contrato se perfeccione a aceptar por escrito la nueva oferta que el vendedor le presente conforme a las variaciones efectuadas, incluida en su caso la modificación de los plazos de entrega.
2.6.- De común acuerdo las partes podrán acordar el aumento del número de piezas a suministrar previa realización de un nuevo plan de entregas adaptado a las nuevas circunstancias, así como disminuir la cantidad de piezas a suministrar, siempre que en este último caso la variación no supere el 10% del número o cantidad de productos. En caso de que se produzca la citada disminución, que deberá ser comunicada de modo fehaciente, el vendedor valorará los acopios y productos total o parcialmente fabricados en el momento de la comunicación para su facturación al comprador.
2.7.- En el supuesto de que el comprador una vez aceptada la oferta comunique la resolución del contrato de compraventa o suministro por causas ajenas al incumplimiento del vendedor o bien una disminución de la cantidad de piezas a suministrar superior al 10%, éste tendrá derecho a facturarle los materiales suministrados hasta la fecha, los que se encuentren ya fabricados o en proceso de fabricación, los materiales acopiados para dar cumplimiento al contrato y cualquier otro gasto en que haya incurrido para el cumplimiento de sus obligaciones.
2.8.- En el supuesto previsto en el apartado anterior (2.7) asimismo, en concepto de indemnización por lucro cesante, el comprador vendrá obligado a abonar al vendedor un 10% del importe pendiente de facturación a la fecha de la resolución.
3.- MUESTRAS, CONTROLES Y RECEPCIÓN.
3.1.- El comprador es el único responsable de la aprobación de los planos de la pieza a suministrar por parte del destinatario final de la misma, no comenzando la fabricación, ni en consecuencia, el inicio del cómputo del plazo fijado, hasta la comunicación al vendedor de la aprobación definitiva de los mencionados planos.
3.2.- En los planos y pliego de condiciones que el comprador facilite al vendedor para la realización de la oferta y que una vez aceptada expresamente formarán parte del contrato, se especificarán el tipo de controles y ensayos necesarios, así como las tolerancias y normas de referencia. El precio de los controles y ensayos exigidos por el comprador, salvo acuerdo en contrario de las partes, se facturará por separado, y se realizarán a petición del comprador, por el vendedor, por el comprador, o por el tercero independiente que éste designe.
3.3.- A falta de especificación sobre los controles y ensayos a realizar en las piezas a suministrar, el vendedor realizará aquellos que según su costumbre y experiencia, considere adecuados.
4.- PLAZOS Y LUGAR DE ENTREGA.
4.1.- Los plazos de entrega se detallarán en un Plan de Entregas, que junto con los precios unitarios finales, y especificaciones técnicas que se detallen en la oferta, formarán parte del contrato que se concierte entre las partes.
4.2.- El cómputo del plazo de entrega no comenzará hasta la aceptación y notificación escrita de la oferta por parte del comprador al vendedor, y en todo caso, hasta tanto aquél no facilite a éste todos los documentos, modelos, planos y especificaciones técnicas necesarias para la fabricación debidamente aprobados por el destinatario final del producto, y en su caso, hasta tanto no se haya realizado la apertura de la carta de crédito.
4.3.- En el momento de la aceptación de la oferta, el vendedor deberá ratificar el plan de entregas propuesto, o bien en su caso, por circunstancias sobrevenidas de la producción, proponer un nuevo plan de entregas para su aceptación por el comprador.
4.4.- Si se produjese un retraso en el suministro por causas ajenas al vendedor, incluidas las causas de fuerza mayor, los plazos del plan de entregas se prorrogarán en idéntico plazo a la demora producida.
4.5.- Si se paralizase la obra a la que van destinados los productos suministrados por causas no imputables al vendedor por un plazo superior a seis meses, éste último tendrá derecho a facturar al comprador los productos fabricados, así como los materiales encargados con destino a estos últimos hasta la fecha de la comunicación de la paralización de la obra, sin perjuicio su posterior reanudación.
4.6.- Salvo que el contrato determine lo contrario, el vendedor podrá realizar suministros parciales según su criterio.
4.7.- Las partes se someterán a las condiciones de suministro establecidas en los INCOTERMS de 2010.
4.8.- Con independencia de la parte que asuma la contratación y pago del transporte, la entrega se documentará mediante el correspondiente albarán en el que se indique, cantidad, tipo de material y día de entrega, que deberá ser firmado por persona autorizada por el comprador, así como mediante una lista de embarque descriptiva del número de bultos entregados y el contenido de cada uno de ellos.
4.9- El comprador dispondrá de un plazo de 7 días hábiles desde la recepción de la mercancía en el destino acordado para manifestar al vendedor su disconformidad sobre las cantidades o el tipo de piezas recibidas.
5.- PRECIO Y FORMA DE PAGO
5.1.- Los plazos y modos de pago se determinarán en la oferta aceptada. En defecto de acuerdo, los pagos se efectuarán a los 60 días naturales desde la fecha de la factura.
5.2.- Los precios serán fijos e inalterables durante la vigencia del contrato. No obstante si por motivos no imputables al vendedor se produjera una paralización del suministro por plazo superior a un año, éste fijará los nuevos precios unitarios finales, sometiéndolos a la aprobación del comprador.
5.3.- El vendedor se reserva la propiedad de las piezas suministradas hasta el completo pago de las mismas por parte del comprador.
5.4.- El incumplimiento de los pagos y plazos acordados facultará al vendedor, además de a instar la resolución del contrato de pleno derecho, a entender vencidos la totalidad de los importes pendientes, con pérdida para el comprador del beneficio del plazo.
5.5.- En el supuesto de retraso en el pago de las cantidades acordadas, y en defecto de cualquier otro que se hubiera pactado contractualmente, resultarán de aplicación los intereses de demora previstos en el artículo 7.2 de la Ley 3/2004 de 29 de Diciembre de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
6.- GARANTÍA.
6.1.- El vendedor garantiza que los productos suministrados han sido fabricados en cumplimiento de la normativa aplicable y que cumplen plenamente las especificaciones técnicas y de diseño propias de los buenos usos y estado de la técnica de fabricación del producto concreto de que se trate.
6.2.- El vendedor fijará en la oferta el plazo de garantía para defectos de fabricación ofrecido.
6.3.- El comprador deberá comunicar los defectos que pudieran existir al vendedor en el plazo máximo de 15 días naturales si se tratara de defectos visibles y 6 meses si fueran otros defectos, computados desde la fecha de la recepción en el destino pactado.
En caso de reclamación el vendedor tendrá derecho a inspeccionar las piezas in situ, viniendo obligado a repararlas o sustituirlas cuando proceda según su criterio en las mismas condiciones en que se efectuó el suministro y sin que ello afecte al plazo de garantía.
En ese caso, la garantía otorgada comprende exclusivamente la reparación o sustitución de la pieza, quedando expresamente excluido de la misma cualquier otro gasto directo o indirecto derivado de dicha reparación o sustitución asumido por el comprador o repercutido a éste por un tercero en cualquier concepto.
6.4.- Cualquier reparación efectuada por un tercero que no cuente con la aprobación el vendedor, ocasionará la pérdida de la garantía.
Quedan excluidos de la garantía ofrecida los defectos imputables al montaje de la pieza, mecanizado cuando no haya sido expresamente contratado, modificaciones realizadas con posterioridad al suministro sin autorización del vendedor, y en general todos los trabajos ejecutados por un tercero con posterioridad a la entrega del material.
7.- DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL
7.1.- Salvo que se indique lo contrario, el vendedor fabricará y suministrará los productos solicitados conforme al diseño facilitado por el comprador, quien en consecuencia, libera de toda responsabilidad a aquél respecto de aquellas piezas que se encuentren protegidas por derechos de propiedad industrial o intelectual como patentes, marcas comerciales, modelos registrados, o cualquier otro derecho, obligándose a dejarle indemne de las posibles medidas que pudieran adoptarse frente al vendedor por la ejecución del pedido.
7.2.- Las propuestas del vendedor aprobadas por el comprador para mejorar la eficiencia técnica o que estén basadas en necesidades económicas o de proceso de fabricación y que supongan una modificación del plano de una pieza no implicará en ningún caso un traspaso de la responsabilidad a aquél.
7.3.- Cuando las partes así lo acuerden, el vendedor realizará el diseño y fabricación de las piezas a suministrar, asumiendo en ese caso la responsabilidad sobre el proyecto completo y eximiendo al comprador de cualquier responsabilidad en relación a los derechos de propiedad industrial e intelectual implicados en el proceso de diseño y fabricación.
7.4.- El comprador, en virtud del contrato de suministro, no adquiere ningún derecho de propiedad sobre los estudios previos, software investigación y patentes que se utilicen.
Por ello se obliga a guardar el más estricto secreto y a hacer que sus empleados lo guarden, respecto de los procedimientos, datos e informaciones (incluidos planos técnicos, diseños, instrucciones técnicas etc..) que conozca en virtud del contrato que se suscriba y a no usarlos sino exclusivamente a los fines previstos en el mismo, es decir, para la integración y comercialización de los productos.
8.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN.
Serán causas de resolución del contrato:
8.1.- La extinción de la personalidad jurídica de cualquiera de las partes.
8.2.- La quiebra, suspensión de pagos, concurso de acreedores o situación de insolvencia de cualquiera de las partes, sin perjuicio de los derechos y acciones que a cada uno pudiera corresponder.
8.3.- El incumplimiento por parte del comprador o vendedor de cualquiera de las obligaciones asumidas en virtud de las presentes condiciones generales.
8.4.- La falta de pago por parte de la compradora de cualquiera de las facturas emitidas en el plazo acordado.
8.5.-El mutuo acuerdo de las partes, con los efectos que en el mismo se establezcan.
8.6.- La resolución del contrato entre la parte compradora y la destinataria final de las piezas a suministrar. En ese supuesto, si la resolución del contrato principal no es debida al incumplimiento del suministrador, este tendrá derecho al pago de las piezas suministradas hasta ese momento, de las que se encuentren ya fabricadas o en proceso de fabricación, así como de los materiales acopiados para cumplir el contrato suscrito.
9.- CESIÓN.
Ninguna de las partes podrá ceder los derechos y obligaciones asumidas con la aceptación de la oferta y en su caso, la firma del posterior contrato, sin el previo consentimiento por escrito de la otra parte.
10.- LEY APLICABLE Y PACTO DE SUMISION EXPRESA.
10.1.- El contrato se regirá por el Derecho Español salvo expresa excepción.
10.2.- Para la resolución de cualquier controversia que surja con motivo del contrato de suministro, las partes se someten a Arbitraje de Derecho conforme a lo previsto en la Ley 60/2003 de 23 de Diciembre de Arbitraje, y a tal fin, designan como organismo administrador a la Corte de Arbitraje de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Álava, de acuerdo con su reglamento y estatutos, a las que igualmente se encomienda la designación del árbitro, el cual habrá de emitir el laudo en el plazo de un mes, laudo que será acatado por las partes.